lunes, 1 de agosto de 2011

Las elecciones primarias del 14 de Agosto


¿Qué son las Elecciones Primarias?

Son un mecanismo de preselección de los candidatos que participarán en los Comicios Generales (23/10/2011). Las Elecciones Primarias son una obligación. Las Primarias no son elecciones internas partidarias

En las Primarias votan todas las personas habilitadas para hacerlo en una elección general, indistintamente de que estén o no afiliados a algún partido político, o sean independientes.

Se trata de una elección nacional, abierta, simultánea y obligatoria
Abiertas: porque participa todo el Padrón Electoral.
Simultáneas: porque todos los partidos políticos deberán realizar las elecciones el mismo día y para todos los cargos de manera conjunta.
Obligatorias: porque todos los ciudadanos y agrupaciones políticas deben participar.
Cada ciudadano elegirá al o los candidatos de cada partido o agrupación política que intervendrán en la Elección General.

El partido que no haya contado con al menos el 1,5% de los votos validos totales por categoría, no podrá presentar candidatos en la Elección General.


¿Qué se elige en las Primarias?

Se deben elegir los candidatos que cada agrupación política presentará en las Elecciones Generales del 23 de octubre de 2011. Cada ciudadano elegirá al o los candidatos de cada partido o agrupación política que intervendrán en la Elección General. Las agrupaciones o partidos políticos pueden presentar una sola o diversas líneas internas pero deben participar en las Primarias para poder presentar candidatos en las Generales.

En las Elecciones Primarias, los ciudadanos votarán listas de precandidatos para los siguientes cargos electivos nacionales:
  • Presidente y Vicepresidente de la Nación, en todo el país.
  • 130 Diputados Nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • 24 Senadores Nacionales, en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.

Dependiendo el distrito electoral (provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires) habrá más o menos categorías a elegir.


¿Cómo se vota en las Primarias? ¿Cómo podré identificar las boletas de mi preferencia?

Se vota como en las elecciones que ya conocemos, presentando el documento e ingresando al cuarto oscuro. En el cuarto oscuro encontraremos boletas de distintos colores, cada uno de ellos corresponderá a un partido o alianza diferente. Asimismo, las boletas contendrán las fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia.

Como sucedía tradicionalmente, las boletas tendrán distintos cuerpos de acuerdo a las categorías electivas para las cuales el partido o alianza presente precandidaturas. En caso que una agrupación política presente varias listas de precandidatos, las boletas serán del mismo color y denominación, pero se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista, y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.

El elector sólo podrá votar por una precandidatura o lista de precandidatos de su preferencia para cada una de las categorías.


Al emitir mi voto, ¿tengo que elegir obligatoriamente la misma boleta para toda las categorías de cargos?

No. En las Elecciones Primarias, cada elector podrá optar entre distintas listas de una misma agrupación política o de diferentes partidos políticos y alianzas, pero deberá emitir un sólo voto por cada categoría de cargos a elegir: Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores (en las provincias en las que corresponda) y Diputados Nacionales, dependiendo el distrito electoral (provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires), habrá más o menos categorías a elegir.

Es decir, cada ciudadano puede elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, tanto entre listas internas de un mismo partido como entre listas de partidos diferentes. Lo que no debe es elegir más de una opción para una misma categoría, pues su voto será computado nulo.

Cita textual del artículo 24 de la Ley 26.571 de Partidos Políticos: “Los electores deben emitir un (1) solo voto por cada categoría de cargos a elegir, pudiendo optar por distintas listas de diferentes agrupaciones políticas.”


¿Quiénes pueden presentar precandidaturas en las Elecciones Primarias?

Las agrupaciones políticas -esto es, partidos políticos, alianzas y confederaciones de partidos- son las únicas instituciones habilitadas para postular precandidaturas en las Elecciones Primarias.

Las precandidaturas deben contar con el aval de un número determinado de afilados a la agrupación política por la que pretendan presentarse. Este número varía de acuerdo a la categoría de cargo a la que se pretenda presentar precandidatura y se determina en función de un porcentaje del padrón de afiliados o del padrón del distrito, aplicándose el que sea menor.

Así, para postular precandidatos a Senadores y Diputados Nacionales en Elecciones Primarias, cada precandidatura deberá estar avalada por un número de afiliados no menor al 2‰ del total del padrón del distrito o del 2% del número de afiliados de la agrupación política, el que sea menor.

En tanto, en el caso de las precandidaturas a Presidente y Vicepresidente de la Nación, el aval mínimo de afiliados requerido es igual al 1‰ de los inscritos en el padrón general, domiciliados en al menos 5 distritos, o al 1% del padrón de afiliados a la agrupación política de 5 distritos a su elección, en los que tenga reconocimiento vigente, el que sea menor.


Las agrupaciones políticas que postulen una única lista, ¿también deben presentarse en las Elecciones Primarias?

Sí. Las Elecciones Primarias son obligatorias para todas las agrupaciones políticas que pretendan competir en las Elecciones Nacionales, aún para aquellas que postulen una única lista de precandidatos, dado que son el único método habilitante para la selección de candidaturas y de agrupaciones que se presentarán en las Elecciones Nacionales.

Las agrupaciones políticas deciden quiénes serán sus precandidatos, pero son los ciudadanos a través de su voto quienes deciden entre los mismos.

De esta manera se impide que los precandidatos que sean derrotados en una elección primaria, compitan en la elección nacional, y se evita la proliferación de listas electorales que carecen de representación efectiva en la sociedad. Por eso, la participación no sólo de afiliados sino de la ciudadanía en general, generará que los candidatos seleccionados tengan mayor legitimidad social.


¿Quiénes pueden ser precandidatos en las Elecciones Primarias?

La designación de los precandidatos es una atribución exclusiva de las agrupaciones políticas, a quienes en consecuencia les corresponde determinar los requisitos exigidos para ser precandidato por las mismas -pudiendo incluso postular a extrapartidarios-, debiendo respetar lo establecido en sus cartas orgánicas y en la normativa electoral vigente

No obstante la capacidad de las agrupaciones políticas para determinar requisitos a exigir a sus precandidatos, la normativa nacional prohíbe la postulación de precandidatos en las Elecciones Primarias a:
  • Personas con auto de procesamiento o condena por delitos de lesa humanidad y violaciones a los derechos humanos.
  • Personas que desempeñen cargos directivos o fuesen apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas de la Nación, provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipalidades o entidades autárquicas o descentralizadas o de empresas que exploten juegos de azar.


¿Quiénes deben y están habilitados para votar?

En las Elecciones Primarias votan todas las personas habilitadas para hacerlo en una Elección General, indistintamente de que estén afiliados  a algún partido político, o sean independientes.
Es decir ciudadanos de ambos sexos, argentinos nativos, por opción y naturalizados, que cumplan los 18 años al 23 de octubre de 2011.

Los jóvenes que no han cumplido 18 años al 14 de agosto, pero que los cumplan al 23 de octubre deben votar en las Elecciones Primarias y en las Elecciones Generales.
Como en cualquier elección general, nuestro voto quedará registrado en el Documento de Identidad.

Todos los electores tienen el deber de votar en las Elecciones Nacionales, tanto Primarias como Generales, y solo se justificará, en el documento habilitado para votar, a aquellos ciudadanos que, el día de la elección, ya sea el 14 de agosto o el 23 de octubre, acrediten los siguientes casos:
  • Se encuentren a más de 500 Km. del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Estos ciudadanos deben presentarse el día de la elección ante la autoridad policial, la que extenderá certificación escrita que acredite la presencia.
  •  Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto electoral. Esta causa debe ser justificada, en primer término,  por un médico de hospital nacional, provincial o municipal, y sólo en ausencia de éste, por un médico particular.
La inasistencia al sufragio debe justificarse presentando los correspondientes certificados ante la Justicia Electoral con competencia electoral de su distrito.


¿Cuándo y dónde se vota en las Elecciones Primarias?

Las Elecciones Primarias se realizarán en todo el país el próximo 14 de agosto, entre las 8 a 18 horas.

Como en las Generales, en las Primarias se debe concurrir a votar al lugar que figura en el Padrón electoral. Los padrones serán mixtos y tampoco las mesas y los lugares de votación estarán separadas por sexo. Como consecuencia del cambio de confección de los padrones, que serán mixtos, es muy probable que cambien los lugares de votación al que está acostumbrado a ir cada ciudadano. Es por ello, que se aconseja verificar con anticipación el lugar de votación que le corresponde.


¿Cuándo y dónde puedo consultar si estoy inscripto correctamente en el padrón electoral nacional?

Los padrones provisorios podrán consultarse:
Por Internet: www.padron.gob.ar
Desde el teléfono celular: enviando un mensaje de texto al 64646, ingresando la palabra "voto" (espacio) y el número de DNI seguido de la letra "M" o "F" según el sexo del elector.
Telefónicamente: llamando a las líneas gratuitas 0800-999 PADRON (7237)


Fuentes: